martes, 7 de mayo de 2013

¿Por qué son abusivas las cláusulas techo?


En nuestro último post tratamos de aclararos el concepto de las Cláusulas Suelo que aparecen estipuladas en los contratos hipotecarios de tipo variable. También en estos contratos se recogen otra modalidad de condiciones que vienen ligadas a las anteriores y que reciben el nombre de Cláusulas Techo.


¿Cuál es la diferencia entre ambas? 

Os recordamos que con las Cláusulas Suelo, por mucho que bajara el tipo el tipo de interés del mercado, normalmente el Euríbor, el consumidor no verá reducida la cuota mensual del préstamo a pagar debido a que el banco establece en el contrato un porcentaje de interés mínimo que el cliente siempre tendrá que abonar. En el caso de las Cláusulas Techo, el banco fija una cantidad máxima que el cliente va a pagar, independientemente del valor del índice referenciado. Dicho de otra forma: La Clausula Suelo, impide que el tipo de interés que se aplica a la hipoteca pueda ser inferior a un mínimo fijado en el contrato y la clausula techo impide que el tipo de interés que se aplica a la hipoteca, pueda ser superior a un máximo. 

Aparentemente las Cláusulas Techo velan por los intereses de los usuarios pero, del mismo modo que ocurría con las Suelo son consideradas abusivas por las asociaciones de consumidores ¿dónde está la letra pequeña? 



La polémica radica en que los bancos fijan unas cláusulas techo tan elevadas que es prácticamente imposible que los tipos de interés creciesen tanto como para que el usuario pueda beneficiarse de este tope. En resumidas cuentas: El banco vuelve a ganar

La mayor parte de las sentencias que están dando la razón a las demandas de los usuarios amparándose en la amplia diferencia que existe entre las cláusulas Suelo (no demasiado bajas) y las Techo (bastante elevadas) . Una diferencia que favorece a los bancos frente a las fluctuaciones a la baja del Euríbor, pero que rara vez lo hace con los usuarios frente a las subidas del mismo. 

Recordamos de nuevo la importancia de leer con atención los contratos hipotecarios antes de firmar puesto que estas condiciones estarán vigentes hasta el pago de la última cuota del mismo. 

Es cierto que con las últimas decisiones del Tribunal Supremo se sienta jurisprudencia para que el usuario reclame cuando en su contrato se recogen condiciones abusivas o poco transparentes, pero es recomendable prevenir antes que curar, por eso no dudéis en consultar a especialistas antes de dar el paso definitivo. 

En Peláez Ruiz Abogados estaremos encantados de atenderos.


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