Una vez más, es nuestro deseo
asesorarte ante las situaciones que puedan surgir en tu día a día y que
precisen de los conocimientos jurídicos de un abogado. Hoy nos centraremos en
el ámbito laboralista, ofreciéndote una pequeña guía para poder identificar los despidos, sabiendo
diferenciar los despidos improcedentes.
- El despido será improcedente si no se indica una causa para el mismo, no se puede probar que el motivo aducido sea real o este no tenga la gravedad suficiente.
- Asimismo se podrá calificar de improcedente a un despido cuando no se observen los requisitos formales. Es decir, cuando por ejemplo el despido por causas objetivas se realiza de forma verbal o no quedan plasmados en la carta los motivos.
- De la misma forma, si en el despido disciplinario no se motivan los hechos o no se da audiencia previa a los representantes sindicales, también nos encontraríamos ante un despido improcedente.
Si crees que pudieras encontrarte en alguna de estas circunstancias,
o consideras insuficiente la indemnización recibida, será preciso acudir a conciliación y en caso
de no llegar a un acuerdo, habrá que acudir a la vía judicial. Para esto, será
necesario contar con el asesoramiento de un abogado con experiencia en el
ámbito laboral.
Consúltenos sin ningún coste o compromiso. Disfrutará de la
tranquilidad de estar en buenas manos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario